Vence hoy la Tasa General de Inmuebles
Los contribuyentes con buena conducta fiscal están exceptuados del pago de la primera cuota. Pero el beneficio no es aplicable si se registra alguna deuda en el tributo.
El calendario de vencimientos correspondiente al año fiscal 2008 se pondrá en marcha hoy, lunes 7 de enero. Según el cronograma, hasta hoy tienen tiempo los contribuyentes en general para abonar la Tasa General de Inmuebles (TGI), pero el plazo para los jubilados y pensionados finaliza el jueves 31 de enero.
Según se recordó desde la Secretaría de Hacienda y Economía del Gobierno de la ciudad, aquellos vecinos que hayan cumplido en fecha con el pago de la tasa, y que además no registren deuda, están exceptuados de abonar este primer tramo. En esos casos, el primer troquel de la factura lleva impresa la leyenda “Bonificado por buen contribuyente. Ord. 11421-Art.30”.
Es que precisamente el artículo 30 de la ordenanza 11421, califica como de “buena conducta fiscal” a aquellos contribuyentes “que acrediten tener canceladas al 31 de octubre de 2007 las obligaciones relativas a la TGI en los términos y condiciones establecidas en la mencionada norma”, y en consecuencia quedan eximidos de pagar esta primera cuota.
Las boletas comenzaron a repartirse hace aproximadamente 15 días, y en ellas se transcriben los alcances de la exención impositiva: “También les alcanza la liberalidad a aquellos contribuyentes que habiendo solicitado informes y liquidaciones de deuda hasta la fecha indicada (31/10/07), hubieran cancelado dichos débitos. El beneficio no es aplicable si el contribuyente registra alguna deuda del citado tributo (convenio, planes de pago, moratorias, etc.), aún en el caso que la misma se encuentre incursa en el plazo de prescripción”.
Información
Si bien en la boleta figura el detalle de la normativa que explica quiénes están incluidos dentro de este beneficio, existe el caso de vecinos que suponen estar alcanzados por la buena conducta fiscal. Por eso, para despejar las dudas, en el hall del Palacio Municipal hay una oficina de consulta sobre los requisitos a cumplir para acceder a la bonificación de la primera cuota de la Tasa General de Inmuebles 2008.
Para quienes aún no hayan recibido el impuesto, cabe recordar que se lo puede imprimir desde la página web del Gobierno de la ciudad (en www.santafeciudad.gov.ar hay un banner específico); o también se la puede solicitar en la oficina Tasa General de Inmuebles, en la planta baja del Palacio Municipal.
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