Habilitación para el funcionamiento de jardines de infantes particulares
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Características
El trámite debe realizarse para obtener la habilitación para el funcionamiento de jardines de infantes particulares. Tiene por fin controlar aspectos edilicios, de funcionamiento y del personal de los jardines de infantes que no cuenten con el reconocimiento oficial del Ministerio de Educación de la Provincia, según manda la ordenanza 10275/98 y su modificatoria Nº10771/01.
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Requisitos
Dirigirse a la Secretaría de Educación.
El trámite debe ser realizado personalmente por el/ los titulares del Jardín o bien, por un tercero autorizado para la gestión.
-Retirar y completar el formulario de Declaración Jurada.
-Adjuntar fotocopia de las 1° y 2° hojas del DNI.
-Presentar:
. Título habilitante de todos los profesores de la institución.
. Libreta de sanidad o carpeta médica de todo el personal (docente y no docente).
Toda la documentación debe estar legalizada en Tribunales.
-Realizar el trámite de Habilitación de Negocios. -
Dependencia
Secretaría de Educación
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Dirección
25 de Mayo 2708. Primer piso.
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Horario de atención
7:30 a 12:30
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Teléfono
4574112
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Ruta Administrativa
Una vez que se presenta la documentación ante Acción Social, ante la Oficina de Habilitación de Negocios (Palacio Municipal - planta baja, de 7.30 a 12.30) se realiza la inscripción correspondiente en Rentas, se realizan inspecciones y es la Secretaría de Educación la que extiende la habilitación.
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Costos
$10 en concepto de sellado de actuación administrativa y tributos exigidos por habilitación de negocios.
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- Descargar formulario
- Solicitud de habilitación - Declaración Jurada (372Kb)
